Diferentes formas de asegurar un ingreso fijo para tu futuro8 minutos de lectura

¿Has oído esta frase? Nunca me voy a pensionar. Por supuesto, tu abuelola dijo una vez, tus padres también, y tú te mantienes al día con tus colegas yamigos. Siempre dicen que el sistema va de mal en peor, que se necesita unareforma de las pensiones, y que los jóvenes tienen que buscar un ingreso extrapara sobrevivir en la vejez.

El número de personas que envejecen está aumentando y el número de recién nacidos está disminuyendo. Esto se pone de manifiesto cuando se compara la población de edad de 1985 con la población de 2017.

Según la información proporcionada por el DANE, se observa que la proporción de adultos mayores ha aumentado en un 4,72%, mientras que la proporción de recién nacidos (de 0 a 4 años de edad) está disminuyendo, y en 2017 es un 4,56% menos que en 1985.

Lo que sucede es que si no se considera la reforma de las pensiones, es posible que en un futuro muy cercano no haya jóvenes que hagan pagos sostenibles por el número de personas que necesitarán una pensión, especialmente en el caso del sistema de prima media, que funciona como una bolsa de valores regular, en el que las personas que cotizan hoy pagan pensiones a los que se jubila.

Según Fasecolda, el envejecimiento de la población debido al aumento de la esperanza de vida y a la disminución de las tasas de fecundidad repercute en la sostenibilidad. Se estima que entre 2015 y 2020 la esperanza de vida en Colombia alcanzará los 75 años, frente a los 70 años de 1985.

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Por otra parte, otro problema que afecta al sistema es la informalidad,ya que sólo el 33,4% de los trabajadores pagan contribuciones para la pensión,así como la evasión de beneficios: unos 3 millones de trabajadores contribuyenal fondo de salud pero no al fondo de pensiones. Un hecho adicional es que sóloel 23% de la población en edad de jubilarse en Colombia recibe una pensión esteaño.

¿Que vas a encontrar?
  1. Seguro de pensión
  2. Seguro de pensiones con prima media (Sistema publico)
    1. La jubilación por vejez
    2. Pensión de invalidez:
    3. Pensión por muerte o supervivencia:
  3. Seguro de pensiones ahorro individual (sistema privado)
    1. Rentas vitalicias:
  4. Auxilio fúnebre

Seguro de pensión

El seguro de pensiones cubre contingencias quepueden estar relacionadas con la invalidez, la vejez o el fallecimiento y quetodos los afiliados que pagan contribuciones previsionales, tanto en el sistemade prima media como en el sistema de ahorro individual, tienen derecho a ello.

Estos requisitos se encuentran en la Ley 100de 1993, que garantiza a todos los afiliados el reconocimiento y pago de laspensiones de invalidez, vejez y sobrevivencia. También regula los ingresos querecibirán los pensionados cada año, los cuales se recalculan anualmente el 1ºde enero de acuerdo con la variación del IPC del año anterior.

Por otro lado, hay que recordar que nadie puederecibir una pensión de invalidez y una pensión de vejez al mismo tiempo: elseguro de invalidez y muerte es el mismo para ambos planes, mientras que elseguro de vejez es sólo para la pensión de vejez y el seguro de renta vitaliciaes sólo para los fondos de pensiones privados.

El ingreso básico de contribución del 13,5% enpromedio del seguro de contribución se divide entre el financiamiento de lapensión de vejez (10,5%), los gastos administrativos y las pensiones deinvalidez y sobrevivencia (3%).

En el régimen de ahorro individual, el 13,5%se destinará a: las cuentas de ahorro individuales de jubilación (10%), elFondo de Garantía de Pensiones Mínimas en el régimen individual de solidaridad(0,5%) y a financiar los gastos administrativos, la prima de reaseguro elFogafin y las primas de los seguros de invalidez y supervivencia (3%).

Las administradoras son las compañías deseguros encargadas de pagar a los pensionistas el saldo acumulado de las primasde varios años antes de que reciban sus pensiones.

Seguro de pensiones con prima media (Sistema publico)

La jubilación por vejez

De conformidad con el artículo 33 de la Ley100 de 1993, todas las personas que participan en este plan tienen derecho aeste seguro si cumplen los siguientes requisitos

  1. Cuando las personas alcanzan la edadprescrita por la ley, esto es: 57 años para las mujeres y 62 años para loshombres.
  2. Los afiliados tienen al menos 1.300semanas de cotización. Recuerde que debe comprobar su historial laboral paraconfirmar que sus empleadores le han pagado.

Pensión de invalidez:

Según el artículo 38 de la Ley 100 de 1993,una persona se considera inválida si, por cualquier motivo de origen noprofesional, no ha perdido intencionadamente el 50% o más de su capacidad detrabajo. Para que este seguro sea válido, debe considerarse que

  1. La discapacidad debe ser confirmadapor un médico profesional.
  2. No importa la edad para que seaefectiva.
  3. La persona interesada en recibir esteseguro debe haber contribuido al menos 50 semanas en los últimos tres añosinmediatamente anteriores a un evento o enfermedad.
  4. Si es menor de 20 años, debe declararque ha contribuido por lo menos 26 semanas en el último año antes del accidenteo enfermedad.

La cantidad que recibirá por este seguro es:

Si la discapacidad se encuentra entre el 50 y el 65,99%, la pensión se pagará con cargo al 45% del ingreso básico calculado. Si la discapacidad es igual o superior al 66%, la pensión se liquidará con base en el 54% del ingreso básico calculado.

¿Sabes que es una póliza de cumplimiento?

Según Fasecolda, 30.698 personas han recibidopensiones de invalidez en el sistema privado en los últimos 22 años y 61.698 enel sistema público en los últimos 49 años.

Pensión por muerte o supervivencia:

Este seguro es una prestación social quegarantiza la supervivencia del grupo familiar del miembro fallecido, siempreque el fallecimiento no esté relacionado con la profesión. En este caso, lapensión se reparte entre el cónyuge o pareja permanente y los hijos menores deedad, o si estos últimos tienen 25 años y están estudiando.

Debes tener en cuenta:

  1. Este seguro sólo puede obtenerse si elfallecido ha cotizado durante al menos 50 semanas en los últimos tres añosantes de su muerte.
  2. El importe de la pensión para el grupofamiliar será el 80% del importe que se pagaría con cargo a la pensión devejez.
  3. Sólo el cónyuge o pareja que hayacumplido 30 años de edad o más al día del fallecimiento y pueda demostrar quevivió como cónyuge durante al menos cinco años antes de su muerte tendráderecho a la pensión.

En el sistema privado, 47.745 personasrecibieron la pensión por fallecimiento y supervivencia y 279.351 personasrecibieron en el sistema público según datos de Fasecolda

Seguro de pensiones ahorro individual (sistema privado)

Rentas vitalicias:

Según Fasecolda, se trata de un seguro con elcual las personas que reúnen capital para su pensión autorizan a su AFP atransferir el saldo acumulado en su cuenta de ahorro individual a una compañíade seguros de su elección. También es una mensualidad que el pensionadorecibirá hasta su fallecimiento, la cual aumenta con el incremento del IPC odel salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV). Sin embargo, la rentavitalicia es un seguro que sólo ofrecen las compañías de seguros.

Riesgos cubiertos:

  • Extra-Longevidad: Es cuando se vivemás tiempo del que se espera y se agotan las reservas financieras que se hanasegurado durante toda la vida.
  • Financieros: Aquí depende de lagestión del dinero, ya que puede ser invertido y generar beneficios que lepermitan aumentar o disminuir los pagos o acortar su tiempo. Pero como todaslas inversiones, a veces se gana o se pierde y hay que saberlo, por lo que hayque saber que se pueden encontrar resultados negativos y que afectan a lapensión.
  • Pérdida de poder adquisitivo: Estacobertura asegura que su prestación no pierda su poder adquisitivo con eltiempo y actualiza su valor según el IPC. Es decir, si una persona recibe $1.500.000, no será suficiente durante muchos años, y esta cobertura evita lainestabilidad en sus cuentas y que el dinero se agote antes de lo esperado.
  • Seguro de pensiones: este segurogarantiza el reconocimiento y el pago de su pensión de invalidez o de susbeneficiarios en caso de fallecimiento (también conocido como supervivencia),si estas circunstancias son el resultado de una enfermedad o un accidente deorigen general.

Auxilio fúnebre

De acuerdo con la Ley 100 de 1993, quien hayaasumido los gastos fúnebres de un pensionado, puede recurrir a que le devuelvanel dinero.

Para recibir esta ayuda, el fallecido debíapagar las cotizaciones y estar al día con los pagos hasta el último día de sufallecimiento y presentar una solicitud dentro del año siguiente alfallecimiento del pensionado, de lo contrario el auxilio se perderá.

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